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ISBN 978-9942-792-73-0

Flagrancia Delictual

Autor:Viscarra Armijos, Luis Bayron
Editorial:Centro de Investigación y Desarrollo Profesional
Materia:Prevención del delito por la policía
Público objetivo:Enseñanza universitaria o superior
Publicado:2019-03-27
Número de edición:1
Tamaño:4Gb
Soporte:Digital
Formato:Pdf (.pdf)
Idioma:Español

Reseña

En nuestra Constitución de la República, vigente desde el año 2008, consagra como principio que el Ecuador es un estado Constitucional de Derechos y justicia, lo que nos determina que todos los ciudadanos tenemos derechos y obligaciones como también garantías básicas del ser humano como las que expresa el art. 77 respecto de los delitos flagrantes, que en determinado caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin formula de juicio por más de veinticuatro horas conforme las reglas del debido proceso y sobre todo la garantía de la seguridad jurídica.

En el presente trabajo se realizará un análisis del aspecto procesal de la flagrancia cuya situación fáctica y circunstancias determinaran si tal o cual derecho o bien jurídico protegido como la libertad estén limitados o transgredidos sea esta por una ilegal detención o mal procedimiento en la misma. Nos centraremos respecto de las facultades y atribuciones que la institución policial la norma le permite que, si la aplicación de esta medida personal es o no una ilegalidad, violación constitucionalidad o una ilegal detención en relación al abuso de autoridad.

En el ordenamiento procesal penal y constitucional las instituciones llamadas partes procesales deben tener una equilibrada interpretación respecto de los derechos y principios que todos los ciudadanos tenemos al aplicar una norma a fin de precautelar el bien jurídico de la libertad, y se transgredan normas de protección en materia de los distintos Instrumentos Internacionales sobre Derechos Humanos y precautelar el preciado valor intrínseco de las personas que es su dignidad.
Igualmente, se determinará si existen contradicciones en los análisis de los casos prácticos de las Sentencias dictadas por parte de la CIDH en base a la normativa internacional en Derechos Humanos en aspectos relacionados con la detención en flagrancia, principalmente me centraré en la resistencia entre el principio de presunción de inocencia y la verdadera característica de flagrancia delictual.

Debemos tener en cuenta que los actos o circunstancias que limitan el actuar en un caso determinado de flagrancia, en lo que respecta a la Policía Nacional, deben buscar que no se extralimite el uso de la fuerza o a su libre discreción, sino que el mismo debe estar enmarcado en lo que se les faculta o autoriza la ley, esto es respetar los principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad y demás normas que rigen para la autoridad policial.

Así también se determinará si cada uno de los roles de las partes procesales se enmarca conforme el procedimiento y lo que indica la norma jurídica nacional en relación con los instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos respecto de la actuación de la Policía Nacional, el Defensor Público, Fiscal y Juez; representaciones estas que mantienen su propias atribuciones y competencias; tanto para las diligencias inherentes al delito flagrante que su aplicación estén enmarcados en el respeto de las normas procesales, sobre todo la garantía de un debido proceso imparcial.

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