Guía para partidos y movimientos políticos democráticos: Hacia organizaciones internas con perspectiva de género
El reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres en los ordenamientos jurídicos no ha sido reciente, por el contrario, fue tardío. A los hombres se les reconoció mucho antes los derechos políticos en el siglo XVIII, mientras que las mujeres tuvimos que esperar doscientos años después para recibir ese reconocimiento formal del Estado. Esto trajo consigo que la incorporación a las instituciones del Estado y al propio sistema democrático, no se hiciera en las mismas circunstancias, condiciones, situaciones y con marcadas desventajas estructurales entre hombres y mujeres.
Si bien es cierto, que actualmente, es innegable el reconocimiento formal a nivel constitucional y legal de los derechos políticos de las mujeres, no obstante, nos encontramos ante las brechas sociales, económicas, institucionales, culturales y políticas, que han afectado a la eficacia de los derechos políticos de las mujeres en términos de la igualdad efectiva de género.